Cuándo estamos casados y no deseamos dejar de estarlo, pero tenemos nuestras dudas es importante conocer una serie de cuestiones. ¿Cómo separarse?, ¿cuáles son los pasos para la separación matrimonial?
Sabemos que estos procesos son complejos y que cada caso es un mundo. Sin embargo, vamos a intentar dar aquí información lo más clara posible para que tengas todo un poco más claro. En el caso de que precises una atención más personalizada, podrás contactar con un abogado de tu zona de manera gratuita para ayudarte con esto.
¿Qué es la separación matrimonial?
Ante todo, no es un divorcio. Es un distanciamiento entre los cónyuges que no disuelve el vínculo matrimonial, pero sí las obligaciones matrimoniales.
Por tanto seguiréis casados. Pero se rompe la obligación de convivencia. También cesa la posibilidad de vincular bienes del otro. El régimen económico matrimonial desaparece y los bienes se reparten.
En el caso de separarse no se permite un nuevo matrimonio. Y si al final os reconciliáis, será suficiente con que lo pongas en conocimiento del Juez. Vuestro matrimonio volverá a ser lo que era. Pero el régimen económico no volverá a ser de gananciales, a no ser que lo pidáis.
La simple voluntad de uno de vosotros de no continuar con el matrimonio es causa suficiente para obtener la separación matrimonial. El único requisito es que hayan pasado tres meses desde que os casasteis. Sin embargo, este plazo no será necesario cuando sí existe riesgo para tu vida, tu integridad física y moral, tu libertad o tu indemnidad sexual o de cualquiera de vuestros hijos.
Cómo separarse: los pasos para la separación matrimonial
El primer paso para separarse es presentar la solicitud de separación. Para formular esta solicitud no será precisa la intervención de procurador ni de abogado, pero sí serán necesarios para todo escrito y actuación posterior. Es importante que encuentres a uno de confianza, que conozca tu caso y esté especializado en este tema.
Tipos de separación
Debes saber que el Código Civil admite diferentes tipos de separación. Por tanto, a la hora de elegir cómo separarse debes tener clara la forma y efectos de cada una de estas vías. A continuación te ofrecemos un pequeño resumen.
Separación extrajudicial
En el caso de que no haya hijos menores, podéis acordar vuestra separación de mutuo acuerdo ante el Secretario judicial o ante Notario. Si optáis por la separación notarial no tendréis que ir a juicio.
Lo que sí debéis hacer es redactar un convenio regulador recogiendo todos los detalles necesarios que van a regir durante la separación. Los hijos mayores de edad o menores emancipados deben otorgar consentimiento respecto de las medidas que les afecten a ellos.
Separación judicial
Esta es la única opción si tenéis hijos menores de edad o con capacidad modificada judicialmente. Si este es el caso, el Ministerio Fiscal debe intervenir. Esto es para cuidar los derechos de los niños.
Este tipo de separación puede producirse de dos maneras: de mutuo acuerdo o contenciosa.
- En el primer caso, a petición de ambos cónyuges o de uno de vosotros con el consentimiento del otro. Esta petición debe ser acompañada con una propuesta de convenio regulador. En él especificaréis todo lo que regirá durante vuestra separación: uso de vivienda familiar, cuidado de los hijos (si los tenéis), pensiones de alimentos o compensatoria…
- Si no hay acuerdo, se inicia el proceso a petición de uno solo de los cónyuges.
Cómo separarse
Tras elegir entre la tramitación judicial o extrajudicial podréis iniciar los pasos para la separación matrimonial. Por supuesto, estos dependerán de la forma elegida.
Trámites para la separación de mutuo acuerdo
Obviamente necesita que estéis de acuerdo para llevarla a cabo. La demanda tiene que presentarse con un convenio regulador.
En este convenio deben aparecer los pactos sobre aspectos personales y patrimoniales que regirán después de la separación. En él debéis especificar quién cuidará los hijos (si tenéis), el régimen de comunicación y estancia con quién no viva con ellos, quién vivirá en la casa familiar, las pensiones de alimentos… No habrá juicio. Solo tendréis que firmar el convenio ante el Juez competente. O ante el Letrado de la Administración de Justicia o Notario si no tenéis hijos menores.
Trámites para la separación judicial contenciosa
Como no hay acuerdo, no habrá convenio regulador. Será el Juzgado el que tenga que pronunciarse sobre todos los apartados. Esto es, sobre la guarda y custodia de los hijos (si los tenéis), las pensiones, el uso de la vivienda…
Ambas partes necesitáis en este caso un abogado y un procurador.
Para iniciar los trámites, habrá que presentar la demanda de divorcio. Ésta debe ir acompañada de documentos que sirvan para acreditar vuestra situación económica.
Es necesario esperar a la respuesta del otro cónyuge. Tras esto, el Juez os citará a ambos. Si hay hijos menores, el Ministerio Fiscal estará presente. Hay que presentar también todas las pruebas.
Posteriormente el Juez dictará sentencia. Establecerá en ella todas las medidas que regirán durante la separación. Es decir, quién usará la vivienda, quién cuidará a los niños… Y se inscribirá en el Registro Civil.
Especialmente si crees que este va a ser tu caso, ponte en contacto lo antes posible con un abogado para que te pueda ayudar a lo largo de todo el proceso. Estar bien asesorado es muy importante. Aquí puedes ponerte en contacto con nosotros y te asesoraremos lo mejor posible.
Nuestros colaboradores de tu zona te acompañarán en todos los pasos para la separación matrimonial. Además, resolverán todas las dudas que puedas tener en torno a cómo separarse.