Requisitos del divorcio express


La Ley 15/2005 simplificó los requisitos del divorcio express. Desde su entrada en vigor se empezó a utilizar un sistema de divorcio más flexible, convirtiéndose en la opción preferida por los españoles a la hora de romper su vínculo matrimonial.

Hoy vamos a centrarnos en los requisitos del divorcio express, de modo que tras leer nuestro artículo sabrás si puedes acogerte a él. En tal caso te recomendamos que optes por esta forma de divorcio, ya que presenta numerosos beneficios.

¿Cuáles son los requisitos del divorcio express?

La Ley 15/2005 se promulgó con la idea de reforzar el principio de libertad de los cónyuges. Por tanto, su objetivo es que el matrimonio represente una manifestación de la voluntad constante de mantener un proyecto vital en común.

Así, puso a disposición del cónyuge que no quisiera seguir casado (o conviviendo) una forma de disolución matrimonial privilegiada. Aunque el sistema anterior exigía ciertas causas de divorcio, esta Ley determinó que no hace falta alegar motivos para solicitar el divorcio. De modo que el cónyuge ya no puede oponerse invocando motivos materiales.

Además, el Juez atenderá a tu petición de divorcio en todo caso, pudiendo rechazarla solo en caso de que concurran motivos personales. Por tanto, los requisitos del divorcio express quedan reducidos a cuatro:

  • Duración del matrimonio superior a tres meses.
  • Mutuo acuerdo de los cónyuges.
  • Presentación de un convenio regulador.
  • Residencia española de, al menos, uno de los cónyuges.

Estudiemos cada uno de estos requisitos detenidamente.

Duración del matrimonio superior a tres meses

El primero de los requisitos del divorcio express es que el matrimonio haya durado más de tres meses. Sin embargo, existen situaciones en las que no es necesario dejar transcurrir este tiempo.

Se trata de aquellos supuestos en que el interés de los menores o del cónyuge demandante justifique la conveniencia de suspender o disolver la convivencia anticipadamente. Así, puede prescindirse de este primer requisito del divorcio express cuando el demandante acredite que existe un riesgo de que se vulneren ciertos derechos propios o de los hijos. Nos referimos, particularmente, a:

  • Vida.
  • Integridad física o moral.
  • Libertad.
  • Indemnidad sexual.

Este requisito trata de evitar las separaciones y divorcios “en caliente”. De hecho, un buen número de rupturas se producen durante la propia luna de miel.

Aunque la medida temporal pueda parecer restrictiva, lo cierto es que antes de la reforma se exigía un período de separación matrimonial previo de entre uno y cinco años. También se podía solicitar el divorcio cuando se había condenado en firme al cónyuge por atentar contra tu vida o la de tus ascendientes o descendientes.

Por tanto, el sistema ha mejorado enormemente, pues ya no se aplican causas de divorcio ni se exigen condenas en firme o largos plazos de espera.

Mutuo acuerdo

El segundo de los requisitos del divorcio express es que tenga lugar de mutuo acuerdo. De hecho, el “divorcio express” no es más que el nombre “comercial” que se ha dado al divorcio de mutuo acuerdo tras la Ley 15/2005.

El mutuo acuerdo no implica necesariamente que ambos cónyuges queráis divorciaros. En realidad hace referencia a que lleguéis a un acuerdo sobre los efectos del divorcio, que se plasmará en el convenio regulador.

Y ello porque basta con que tú quieras divorciarte para que el vínculo matrimonial se pueda disolver. El problema es que si no llegas a un acuerdo con tu pareja, los efectos del divorcio deberán fijarse por un Juez.

Esta modalidad se conoce como divorcio contencioso, y es la más larga y costosa a la hora de disolver el matrimonio, ya que tendréis que ir a juicio.

Presentación del convenio regulador

El tercero de los requisitos del divorcio express es que entreguéis un convenio regulador a la autoridad que vaya a dar el visto bueno a la operación. Este puede ser un Juez, un Letrado de la Administración de Justicia o un Notario.

El convenio regulador es el documento que determina los efectos jurídicos del divorcio, destacando:

  • Las medidas adoptadas al respecto de la patria potestad y guarda y custodia de los menores no emancipados. Estas incluyen el régimen de visitas y comunicaciones, así como los derechos de los abuelos.
    Si queréis pedir la custodia compartida, el mejor modo de hacerlo es en el convenio regulador. Como establece el artículo 92 del Código Civil, en estos casos se aprobará salvo que perjudique los intereses del menor.
  • Las medidas adoptadas sobre el patrimonio común. Estas incluyen la atribución de uso de la vivienda y el ajuar familiar, así como la contribución a los gastos comunes. Además determinan la extinción del régimen económico matrimonial, lo que puede ir seguido de una liquidación de la comunidad de bienes.
  • Las medidas adoptadas en torno a las eventuales pensiones. Estas incluyen la pensión compensatoria y las alimenticias.
    • La pensión compensatoria es la que se paga al cónyuge que haya resultado económicamente perjudicado por la ruptura.
    • Y la pensión alimenticia es la que se paga a los hijos, como contribución a sus gastos de cuidado, crianza y educación.

Residencia española

El último de los requisitos del divorcio express es que alguno de los cónyuges resida en España. Esto se debe a que la residencia es el requisito que hace aplicable la Ley Española y, por tanto, el Código Civil en su actual redacción.

Otros requisitos del divorcio express

Este artículo quedaría incompleto si no hiciéramos referencia a las distintas modalidades del divorcio express. Como hemos anticipado, existen diferentes figuras que pueden autorizar esta forma de divorcio.

Esto determina dos formas de divorciarse mediante este procedimiento:

  • La notarial. Se tramita íntegramente ante Notario, lo que supone un importante ahorro económico y temporal. En realidad no difiere de la que se tramita ante el Secretario Judicial. Sin embargo, esta modalidad presenta un requisito adicional: que no existan hijos menores de edad no emancipados.
  • La judicial. En el caso de que tengáis hijos menores de edad no emancipados el Ministerio Fiscal deberá comprobar que las medidas acordadas redundan en su beneficio. Por tanto tendréis que acudir a los tribunales, aunque lo hagáis de mutuo acuerdo. En este caso no se imponen requisitos adicionales.

Por qué recurrir a esta forma de divorcio

Hace unos días publicamos un artículo sobre las ventajas del divorcio express. Aunque te recomendamos su lectura, a continuación incluimos sus elementos fundamentales:

  • Es más económico que los divorcios contenciosos (más de la mitad).
  • También es más rápido que esa forma de divorcio (hasta la quinta parte de tiempo).
  • Os ofrecerá un marco jurídico más favorable.
  • Y, sobre todo, resultará más pacífico para tus hijos.

En definitiva, siempre que cumplas los requisitos del divorcio express deberías optar por esta forma de divorcio. Especialmente si puedes emplear la variante notarial.